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Esto debes hacer si te demandan por las deudas que no puedes pagar

  • Foto del escritor: Semanario Veritas
    Semanario Veritas
  • 28 jun
  • 3 Min. de lectura

Las deudas son la principal razón por la cual los despachos de cobranza amenazan a los usuarios con demandarlos, sin embargo, esto no tiene porque ocurrir, pero en caso de que un juez emita una orden la situación cambia. Por ello, es importante que las personas sepan qué hacer si los demandan por no pagar sus deudas, y lo que puede pasar si se enfrentan a una situación así.

Dinero
Foto: Multimedia de Wix.

¿Qué tan probable es recibir una demanda por no pagar mis deudas? La mayoría de los paraguayos han recibido amenazas, por parte de los despachos de cobranza, por no cumplir con el pago de alguna deuda, por lo que se enfrentan a una serie de conflictos que les quita su tranquilidad.


Aunque la mayoría de los despachos de cobranza simulan demandas para forzar a alguien a que salde su deuda, si existe la posibilidad que un juez te obligue a pagar lo que debes, sin embargo, se toma en cuenta lo siguiente:


  • Monto de la deuda: entre mayor sea el monto, existe mayor riesgo de que te demanden, pero también depende del monto de la deuda; por ejemplo: una institución bancaria puede demandarte si el monto es de 50 millones de guaraníes en adelante.

  • Tiempo sin pagar: la probabilidad de que te demanden aumenta si ya pasó mucho tiempo y sigues sin liquidar la deuda.

  • Tipo de deuda: si firmaste un pagaré, o bien, solicitaste un crédito hipotecario o vehicular, es probable que te demanden por no pagar a tiempo.


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¿Qué hago si recibí una demanda emitida por un juez? Lo primero que debes hacer es cerciorarte, con un abogado, de que el documento que te haya llegado sea oficial (emitido por un juez), en caso de que sí, se te solicitará que acudas a una audiencia para tratar las condiciones de tu deuda.


Aunque la demanda sea oficial, no te podrán encarcelar, porque en el artículo 13 de la Constitución Nacional declara que “No se admite la privación de la libertad por deuda, salvo mandato de autoridad judicial competente dictado por incumplimiento de deberes alimentarios o como sustitución de multas o fianzas judiciales”.


Por supuesto, el embargo llega cuando no pactas un acuerdo con la financiera, por lo que el juez ordenará al actuario presentarse en tu domicilio para proceder con el embargo de tus bienes.


Esto permitirá que la financiera recupere el monto de tu deuda, pero si sobra dinero de los bienes que te embargaron, te lo tendrán que devolver. Para no llegar al embargo, es mejor que llegues a un acuerdo con la financiera y tramites una reestructuración o quita de tu deuda.


La negociación con la financiera es el mejor camino, ya que podrás liquidar tu deuda, no caerás en situaciones de impago, evitarás juicios civiles y el embargo de tus bienes.


¿Qué es una quita? De acuerdo con la web bbva.com una quita es un convenio que un deudor firma con uno o varios acreedores, a través de ese convenio el deudor se compromete a pagar una parte de su deuda al acreedor mientras el acreedor renuncia a su derecho sobre el resto. De esta manera el acreedor se asegura el cobro de una parte de la deuda, ante la incertidumbre de no cobrar nada.


Este procedimiento es muy habitual en el desarrollo de los concursos de acreedores de las sociedades mercantiles, de tal manera que la empresa que no puede hacer frente al pago de todas sus deudas negocia con sus acreedores un convenio en el que se establecen quitas sobre el total de la deuda y un calendario de pagos de las cantidades aceptadas.


No existe un criterio que determine el alcance de las quitas, dependerá de la situación del deudor, del alcance de la deuda y, como en todo acuerdo, del acuerdo entre las partes al respecto.


La ventaja que el acreedor puede obtener al renunciar a una parte de sus derechos puede ser el cobro inmediato de la cantidad acordada o, en otros casos en los que se acuerde un pago aplazado, que el deudor pueda empezar a realizar los pagos acordados y el acreedor comience a recuperar su dinero.


Evidentemente el deudor se beneficia al tener que responder de cantidades menores siempre desde el punto de vista de que la renuncia por parte de los acreedores se base en que éste pueda tener capacidad de devolución de las nuevas cantidades, algo que con las originales no sucedía.





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